Las recientes modificaciones
introducidas a la Ley Eléctrica han sido un buen punto de partida para el
desarrollo de las energías (eólica, termosolar, geotérmica y energía solar
fotovoltaica) y también la agenda energética lanzada recientemente por la
Presidenta Michelle Bachelet.
Chile es generoso en recursos
naturales; su naturaleza nos proporciona importantes masas de vientos (energía
eólica); altos grados de radiación solar (energía fotovoltaica); desniveles en
caídas de aguas (energía minihidroeléctrica); variación de mareas (energía
mareomotriz); actividades productivas que generan materia orgánica apta para
combustible (energía de biomasa); zonas con altas temperaturas subterráneas
(energía geotérmica), entre otros recursos.
Ella tiene como uno de sus
principales pilares “levantar las barreras existentes para las Energías
Renovables No Convencionales”, con el compromiso de que un 45% de la capacidad
de generación eléctrica que se instale entre los años 2014 y 2025 provenga de
este tipo de fuentes. La meta está propuesta, pero hay que hacerse cargo de
ciertos “lomos de toro” y cuya eliminación ayudará en la consecución de este
objetivo, todos los cuales no fueron abordados de manera precisa en la agenda
energética.
En efecto, existen dificultades
para obtener el acceso a las redes de transmisión existentes, especialmente
cuando éstas son de propiedad de generadoras o de un transmisor troncal; los
criterios de conexión y los convenios propuestos por los dueños de las
instalaciones son variados, por lo cual se requiere una mayor publicidad y
estandarización. Se percibe cierta discrecionalidad en la fijación de los
costos de conexión cuando quizás se podría considerar su tarificación; la
ausencia de procedimientos claros de conexión a los sistemas troncales, de
subtransmisión y adicionales se podría solucionar replicando el procedimiento
regulado establecido para los Pequeños Medios de Generación Distribuido
(generadores que se conectan a los sistemas de distribución).
Es necesario solucionar la
incertidumbre en la definición de la capacidad excedentaria de una instalación y
en el reconocimiento del derecho a hacer uso de ella cuando existen varios
interesados en un mismo punto o instalación; asimismo, se deben dictar en el
corto plazo los reglamentos pendientes para una total implementación de las
ERNC. Existe incertidumbre sobre los requerimientos técnicos para la
instalación de centrales y la entrega de información es escueta, lo que acentúa
la urgente necesidad de un rol más activo de los CDEC; se deben simplificar los
procedimientos para la obtención de los permisos ambientales y de uso de suelo
y mejorar la coordinación entre los organismos del Estado en esta temática;
entre otras materias. Finalmente, sería interesante explorar la posibilidad de
modificar la ley en materia de concesiones eléctricas para ampliar su amparo a
centrales de generación “no hidráulicas”, lo cual facilitaría el acceso a los
terrenos, la resolución de conflictos por concurrencia sobre su superficie y la
obtención del financiamiento para dichos proyectos.
Las trabas ya descritas, sumadas
a los obstáculos propios de todo proyecto de energía (dificultades para obtener
contratos de suministro, financiamiento, etc.), impiden el uso de los recursos
naturales que existen en el país.
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